El pasado 22 de junio de 2022, el Parlamento Europeo votó para aceptar las enmiendas a un importante paquete legislativo de acción climática (Fit for 55) propuesto por la Comisión Europea en julio de 2021. Uno de los principales retos fue la reforma del mercado europeo del carbono (el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE o, más conocido por sus siglas en inglés, EU ETS) para alinear sus normas de funcionamiento con la creciente ambición climática de la Unión Europea (UE) de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en un 57% para 2030.
El EU ETS es un sistema de transacciones basado en el precio al carbono, que obliga a los sectores más contaminantes (aquellos que suponen aproximadamente el 45% de las emisiones de la UE, como las fábricas y las centrales térmicas) a cubrir sus emisiones anuales con derechos de emisión, bien asignados de manera gratuita hasta ahora, bien habiéndolos adquirido mediante subasta o a otras empresas. El número de derechos de emisión disponibles de forma gratuita para la industria disminuye cada año y, por ende, se promueve la reducción de emisiones totales.
Hasta ahora, la descarbonización del sector eléctrico ha sido suficiente para alcanzar los objetivos de reducción de emisiones del EU ETS, sin embargo, este cambio de dirección requiere actualmente la movilización de todos los sectores industriales. Más allá de la eliminación progresiva de los combustibles más contaminantes, la señal de precios tendrá que provocar un cambio más tecnológico en la transición.
Entonces, ¿Cuáles son los obstáculos de la transición según los requisitos del Acuerdo de París y cómo puede abordarlos la reforma del EU ETS?
Durante la tercera fase (2013-2020)[1] del EU ETS, las reducciones de emisiones fueron impulsadas en gran medida por las instalaciones de combustión, que representan la mayor parte del sector eléctrico. Las emisiones vinculadas a la quema de combustibles fósiles disminuyeron un 38% durante el período, frente al 9% de otras emisiones denominadas “de proceso”, es decir, las relacionadas con los procesos de producción industrial[2]. Esto se debe al aumento de la capacidad de producción de energías renovables y al cambio a combustibles fósiles menos intensivos en carbono. Entre 2018 y finales de 2021, el precio al carbono en el EU ETS provocó que el uso del gas natural fuera más rentable que el del carbón, permitiendo así una reducción del 30% en la intensidad de carbono en el sector. Este indicador es esencial, ya que solo la creciente desvinculación de las emisiones y la producción contribuirá a alcanzar las cero emisiones netas mientras se mantiene el nivel de producción industrial.
Aunque el EU ETS ha cumplido su función de guía en el sector de la combustión, sigue existiendo el reto de utilizar la señal del precio al carbono para acelerar la descarbonización. De hecho, la dinámica actual de los mercados energéticos y el aumento de los precios del gas (a causa de la guerra en Ucrania) limitan la efectividad del incentivo del precio al carbono, incluso a 80 euros/CO2eq, para sustituir el carbón por el gas.
Por otro lado, aunque las energías renovables solían sustituir las centrales eléctricas de carbón, desde 2019, están reemplazando a las centrales de gas, frenando así la reducción de emisiones de la combustión de combustibles fósiles[3]. A pesar de la presión al alza de los precios al carbono, se trata de una situación sin precedentes, ya que el carbón podría mantener su ventaja sobre el gas hasta diciembre de 2023, según algunos analistas[4].
Como mecanismo de mercado, el EU ETS es, por definición, permeable a las perturbaciones económicas externas y no puede imponer una fuente de energía sobre otra. Solo la aceleración de la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero impuesta a las instalaciones podría servir de recordatorio, puesto que el número de cuotas disponibles en el mercado (y el precio al carbono) llegarán a ser incompatibles en algún momento con el uso del carbón como combustible.
El principal objetivo de este acuerdo sobre el paquete “Fit for 55” consiste en reducir las emisiones en un 62% en los sectores cubiertos por el EU ETS para 2030, frente al objetivo anterior del 43% en 2005.
Como consecuencia, la cantidad de derechos de emisión anuales en el mercado se reducirá de forma mucho más rápida a como se había previsto. Se espera que este cambio contribuya a un mercado mucho más reducido de derechos de emisión. A medida que las empresas intentan repercutir los costes de cumplimiento de esta normativa a los consumidores, los sectores que dependen de la compra de bienes y servicios de alto consumo energético (como la logística y la industria manufacturera), deben prestar mucha atención a la evolución de los precios.
Por primera vez, el sector del transporte marítimo estará regulado por el EU ETS. La participación comenzará en 2024, fecha a partir de la cual las empresas estarán obligadas a pagar por emisiones de CO2, NO2 y metano producidas por los viajes de los buques más grandes. Las empresas estarán obligadas a comprar derechos de emisión por todas las emisiones de viajes dentro de la Unión Europea, así como el 50% de las emisiones de viajes que comiencen o finalicen fuera de la UE, lo que supone un avance significativo en la política climática. Por el contrario, los vuelos transfronterizos (con origen o destino fuera de la UE o el EEE) seguirán sin estar sujetos al límite del EU ETS.
A partir de 2027, los distribuidores del combustible utilizado en edificios (comerciales y residenciales) y en el transporte por carretera estarán regulados por un mecanismo distinto: el ETS II. Esto creará un sistema distinto para contar con un mayor control sobre el precio de los derechos de emisión, lo que podría aumentar las facturas energéticas, ya de por sí elevadas, para hogares y empresas vulnerables. La UE planea establecer controles para frenar la subida del precio de los derechos de emisión, lo que podría retrasar el comienzo del ETS II hasta 2028.
Otra actualización importante es el fin de las asignaciones gratuitas de derechos de emisión. En la actualidad, los sectores de la aviación y la industria reciben la mayoría de sus derechos de emisión de forma gratuita para evitar que los costes expulsen a las empresas y compradores de la Unión Europea y las acerquen hacia mercados con una regulación climática mucho más laxa en un proceso conocido como “fuga de carbono”. Todo ese apoyo se irá eliminando de forma gradual para el sector de la aviación en 2026 y para la industria en 2034, lo que significa que muchas empresas empezarán a pagar por sus emisiones por primera vez desde que se estableció el sistema de comercio de derechos de emisión en 2005.
Fuente: Ember
La reducción de la intensidad de carbono en algunas instalaciones industriales supone un objetivo más complicado de lograr, en particular, en los sectores del acero, la petroquímica, el aluminio y el cemento, en los que las emisiones de los procesos se han mantenido generalmente estables desde 2013. La descarbonización de estos sectores, también conocidos como hard-to-abate, se basa en innovaciones tecnológicas que requieren de una importante inversión en I+D.
A este respecto, la actual reforma del EU ETS implica un aumento del fondo de innovación de 200 millones de cuotas (es decir, 16.000 millones de euros al precio actual al carbono), que debería permitir cubrir parte de las necesidades de financiación. Sin embargo, es posible que el EU ETS no pueda ofrecer a las instalaciones la información sobre los futuros precios al carbono, necesaria para garantizar las inversiones.
Aunque la Reserva de Estabilidad del Mercado (RSM) ayuda a respaldar el precio al carbono, la naturaleza del EU ETS (basado en cantidades y no en precios) genera incertidumbre en lo que al precio al carbono respecta, a pesar de los ajustes previstos en los parámetros de la Reserva. Por lo tanto, complementar el fondo de innovación con contratos de carbono por diferencia, que consisten en cubrir la diferencia entre el precio de mercado al carbono y un precio mínimo predefinido, ayudaría a garantizar la rentabilidad de las inversiones en tecnologías de baja emisión de carbono. No obstante, aunque muchos agentes industriales están a favor de este tipo de contratos, aún no se han definido en el marco del EU ETS.
Aunque el EU ETS influye en las empresas a través del precio al carbono que genera, el motor de la transformación empresarial reside sobre todo en la creación de valor. Ésta proviene del ahorro energético que permite la descarbonización y el descubrimiento de nuevos mercados para los productos con bajas emisiones de carbono. En este sentido, la medida del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM, por sus siglas en inglés), que consiste en imponer un arancel del carbono sobre los productos de electricidad, cemento, aluminio, fertilizante, hierro y acero importados desde fuera de la UE, es clave para preservar la competitividad en igualdad de condiciones para los productores europeos, así como para limitar el riesgo de “fuga de carbono” hacia regiones del mundo donde el precio al carbono es menor.
A partir de 2026, este mecanismo pionero sustituirá las asignaciones gratuitas de derechos de emisión con el objetivo de evitar las fugas de carbono. El CBAM pondrá precio a las emisiones asociadas a la producción de las importaciones de la UE de hierro y acero, cemento, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno. A los bienes importados producidos en países con un alto precio del carbono se les otorgará cierto margen de maniobra. De esta forma, el mecanismo trata de proteger la industria europea mientras impulsa el establecimiento de precios al carbono más ambiciosos en todo el mundo.
En la actual reforma surgen dos acuerdos: en primer lugar, la fecha de finalización de las cuotas gratuitas de los derechos de emisión para los sectores cubiertos se adelantará a 2034. La supresión de las cuotas libres es una condición sine qua non para la compatibilidad de la CBAM con las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC). El fin de las cuotas gratuitas también debería contribuir en gran medida a acelerar la descarbonización de toda la industria, ya que las empresas tendrían entonces que comprar todas sus cuotas de emisión en subasta.
En segundo lugar, el último acuerdo prevé una rebaja para las empresas exportadoras en forma de cuotas gratuitas para evitar así la penalización de las exportaciones, debido al fin de las cuotas gratuitas (las empresas difícilmente pueden repercutir en el coste del carbono en el precio de los productos en mercados donde no existe). En teoría, la idea es atractiva, pero puede ser compleja de aplicar en la práctica. ¿Sobre qué base debe calcularse la asignación de los de derechos de emisión gratuitos?, ¿cómo se puede garantizar que estas cuotas no pongan en peligro la necesidad urgente de acción climática?
La mayoría de las partes interesadas están de acuerdo en que el EU ETS proporciona una ventaja competitiva a las empresas reguladas (en el contexto de la aceleración de los compromisos globales para alcanzar las cero emisiones netas) . Sin embargo, el mantenimiento de una parte de las cuotas gratuitas va en contra de esta afirmación, ya que significa que beneficiar a estas empresas estaría disminuyendo la señal enviada por el EU ETS. Además, este acuerdo pone en tela de juicio la función inicial del EU ETS, es decir, proporcionar una señal de precios sólida. Al intentar abarcar demasiado, el EU ETS, que ya ha alcanzado un importante nivel de complejidad con las reformas, corre el riesgo de perder la confianza de los agentes del mercado.
Nuestra herramienta de fijación del precio al carbono permite a las empresas analizar su exposición financiera a los mecanismos de fijación del precio al carbono. Basada en estudios actualizados y en escenarios elaborados por nuestros expertos en cambio climático, la herramienta modela los costes futuros de los precios al carbono en función de la escala y la ubicación de las actividades de gran consumo energético de una empresa. La aplicación de la herramienta de fijación del precio al carbono puede demostrar tanto a los inversores como a los reguladores que una organización está adoptando un enfoque proactivo y sólido para evaluar sus riesgos de transición climática.
EcoAct es miembro activo de la Asociación Internacional de Comercio de Emisiones (IETA), y volverá a contribuir con el informe anual “State of the EU ETS Report”, que sirve de guía para los responsables políticos y otras partes interesadas sobre el funcionamiento del sistema.
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[1] El EU ETS se distribuye en etapas temporales a las que llama fases: la 1ª es de 2005-2007, la 2ª es de 2008-2012 y la 3ª es de 2013-2020.
[2] 2022 State of the EU ETS report, https://ercst.org/state-of-the-eu-ets-report-2022/
[3] https://ember-climate.org/insights/research/european-electricity-review-2022/
[4] https://www.clearbluemarkets.com/post/goda-aglinskaite-market-analyst-at-clearblue-quoted-in-reuters-article-1
[5] Market sentiment survey, 2022 State of the EU ETS report
Los mecanismos reguladores de la tarificación del carbono están evolucionando rápidamente para los sectores más intensivos en carbono, pero también pueden tener un impacto en los sectores menos emisores.
El precio interno al carbono es una herramienta concreta y eficaz para avanzar hacia un mundo de 1,5 °C. ¿En qué medida puede repercutir en su sector? ¿Cómo puede protegerse del riesgo financiero anticipándose a futuras normativas (impuestos o mercados de carbono)?
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