¿Cómo afectará la CSRD a 50.000 empresas en la divulgación de información no financiera en la UE?

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CSRD non-financial disclosure in the EU

La Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa de la Unión Europea (CSRD, por sus siglas en inglés) entró en vigor en enero de 2023 y representa una importante ampliación sobre el reporte obligatorio en materia de sostenibilidad en la UE. Hasta ahora, la actual Directiva sobre información no financiera (NFRD) afectaba a unas 12.000 empresas y no establecía los indicadores sobre los que informar. A partir de 2024, afectará a 50.000 empresas, ampliará el ámbito de aplicación de la taxonomía de la UE e indicará los numerosos indicadores ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) que se deben reportar.

Stefan Holzheuser y Jordan Hairabedian, de EcoAct, consultores especialistas en las políticas y leyes de la UE, nos guían a través de esta nueva directiva.

Objetivos de la CSRD

Como pilar fundamental de la Estrategia sobre Finanzas Sostenibles de la UE, la CSRD pretende orientar los flujos de inversión hacia empresas sostenibles para garantizar que puedan alcanzarse los objetivos del Pacto Verde de la UE:

  • Reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55 % para 2030 en comparación con los niveles de 1990.
  • Neutralidad climática para 2050 (cero emisiones netas de gases de efecto invernadero).

Las inversiones sostenibles requeridas solo podrán realizarse si los gestores de activos y los bancos disponen de más información sobre el desempeño en materia de sostenibilidad de las empresas en las que podrían invertir. Aquí es donde entra en juego la CSRD, una guía de reporte exhaustiva, transparente y uniforme a escala europea, dirigida a 50.000 empresas. Esta nueva directiva se basa en referencias internacionales, tales como el TCFD, el CDP y la taxonomía de la UE, tres marcos de reporte en los que EcoAct cuenta con una amplia experiencia.

CSRD

Fuente: basado en el gráfico de la Unión Europea (15.06.2022)

Además de su importancia para los mercados financieros, la información y los indicadores no financieros también han ido ganando importancia para otras partes interesadas, como los clientes o la sociedad. Un reporte sólido sobre sostenibilidad es, por tanto, un instrumento esencial para generar confianza y reforzar la reputación de una empresa.

El incumplimiento de esta directiva acarrearía importantes multas. De hecho, los Estados miembros deben aplicar medidas que sean «eficaces, proporcionadas y disuasorias».

El foco en los indicadores ESG

Las normas europeas de información sobre sostenibilidad (ESRS, por sus siglas en inglés) son los indicadores cuantitativos y cualitativos de ASG sobre los que debe informarse en el marco de la CSRD. Se presentaron a la Comisión Europea en noviembre, tras una consulta pública a lo largo del verano. Principalmente, los estándares de reporte se dividen en tres bloques:

¿Cómo afectará la CSRD a 50.000 empresas en la divulgación de información no financiera en la UE?

Principios clave

Las directrices de la CSRD son las siguientes:

  • Reporte «obligatorio para todos»: las empresas reportarán información «obligatoria para todos», que incluye los requisitos generales e información relacionada con el cambio climático.
  • Doble materialidad: las empresas deben investigar la necesidad de publicar otros indicadores basados en la evaluación de la doble materialidad, es decir, temas materiales con efectos financieros en la compañía (materialidad financiera) o temas materiales que muestren el impacto de la empresa en su entorno (materialidad de impacto).
  • Ámbito de aplicación: la CSRD cubre toda la cadena de valor de las empresas.
  • Horizonte temporal: las empresas deben informar con un enfoque a corto, medio y largo plazo.
  • Due diligence: deben aplicarse procesos para identificar, prevenir, mitigar e informar de los impactos negativos reales y potenciales sobre el medio ambiente y las personas.
  • Verificación: la información no financiera deberá ser verificada anualmente por un auditor legal, o una empresa de auditoría acreditada por cada Estado miembro.

¿Qué organizaciones se verán afectadas?

  • Grandes empresas de la UE (cotizadas o no) y grandes empresas no europeas que coticen en mercados regulados de la UE: con más de 250 empleados, con un balance total de más de 20 millones de euros o con un volumen de negocios de más de 40 millones de euros (las empresas deberán cumplir al menos 2 de los 3 criterios).
  • Todas las pequeñas y medianas empresas de la UE y de fuera de la UE que coticen en un mercado regulado europeo, excepto las microempresas.
  • Entidades de crédito pequeñas y no complejas, así como compañías de seguros cautivas.
  • Otros grandes grupos no europeos con actividad significativa en la UE (volumen de negocios superior a 150 millones de euros) y con una gran sucursal o filial con sede en la UE.

¿Cuándo se reporta?

El reporte de la CSRD debe ser anual. El calendario es el siguiente:

¿Cómo afectará la CSRD a 50.000 empresas en la divulgación de información no financiera en la UE?

Para otros grandes grupos no europeos, los requisitos comienzan a partir de 2028.

Dónde reportar y cómo

La información no financiera deberá publicarse en el informe de gestión de las empresas: en una única sección consolidada y en cuatro partes separadas (información general, secciones E, S y G) o incorporación por referencia (por ejemplo, ESRS E1-6, párrafo 41).

Además, los datos reportados se digitalizarán en una plataforma pública de la UE, el Punto de Acceso Único Europeo (PAUE), mediante un «etiquetado» (basado en la incorporación por referencia). El Formato Electrónico Único Europeo facilitará la accesibilidad, el análisis y la comparabilidad de los informes anuales.

El cambio climático, aspecto clave del reporte

Las normativas sobre cambio climático son un elemento fundamental de la CSRD y son obligatorias para todos, con la ambición de alcanzar los objetivos de descarbonización del Pacto Verde Europeo. Esto se refleja en los 13 requisitos de reporte específicos sobre cambio climático que pueden clasificarse según los pilares del TCFD:

  • Gobierno: 
    • Integración de la sostenibilidad en los sistemas de incentivos.
  • Estrategia:
    • Plan de transición para mitigar el cambio climático.
    • Riesgos y oportunidades y su interacción con la estrategia y el modelo de negocio.
  • Riesgos:
    • Procesos para evaluar los impactos climáticos, los riesgos y las oportunidades.
    • Políticas relacionadas con la mitigación y la adaptación.
    • Acciones y recursos sobre políticas de cambio climático.
  • Métricas y objetivos:
    • Divulgación de la alineación taxonómica.
    • Consumo de energía, combinación e intensidad de ingresos.
    • Alcances brutos 1, 2 3 e intensidad de ingresos.
    • Eliminación de GEI y proyectos de mitigación financiados mediante créditos de carbono.
    • Objetivos relacionados con la mitigación y la adaptación.
    • Precio interno al carbono.
    • Efectos financieros potenciales de los riesgos físicos y de transición y las oportunidades.

No obstante, si se dividen los requisitos de reporte sobre el cambio climático, se debería informar sobre alrededor de 140 indicadores, que en su gran mayoría están alineados con el cuestionario sobre cambio climático del CDP. De esta forma, la respuesta al CDP puede permitir a las empresas alinearse más fácilmente con los requisitos de las ESRS. Por ejemplo, la pregunta C3.1 del cuestionario sobre cambio climático de CDP coincide con el indicador E1-1 párrafo 15 a) de las ESRS.

EcoAct y la CSRD

Esta nueva directiva es mucho más que un nuevo requisito de reporte, ya que permite medir la madurez de tu modelo de negocio frente a la inestabilidad medioambiental, a través de los indicadores ESG. Nuestro equipo de expertos en cambio climático de EcoAct puede acompañarte en el cumplimiento de la directiva y las futuras etapas, abordando la transformación empresarial y de gobernanza necesaria para alinear tu modelo de negocio con los límites planetarios y, sobre todo, para alcanzar tus objetivos de cero neto.

Con más de 15 años de experiencia en estrategia corporativa de cero emisiones netas, medición de emisiones, análisis de riesgos, elaboración de informes y proyectos de compensación de emisiones de carbono, podemos ayudarte en la preparación y elaboración de un informe de sostenibilidad conforme a la CSRD. Puedes contar con nuestra amplia experiencia en TCFD, el CDP y la taxonomía de la UE, para lograr la alineación con la CSRD. Si necesitas ayuda en la preparación y elaboración de un informe de sostenibilidad conforme con el CSRD, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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